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Me han cancelado el vuelo: Cómo reclamar y qué indemnización me corresponde

Te recordamos los derechos y obligaciones que tienes como pasajero en caso de retraso o cancelación de tú vuelo.

A raíz de los retrasos y cancelaciones provocadas por Vueling y que han afectado a más de 8.250 pasajeros durante este fin de semana, recordamos cómo reclamar y a qué tipo de indemnización tienen derecho los pasajeros.

Fin de semana caótico para los pasajeros que tenían previsto comenzar sus vacaciones con Vueling. Los viajes programados, se han convertido en largas colas de espera y cancelaciones de vuelo.

Si esto te ha ocurrido, has de saber que como pasajero tienes tú derecho a reclamar y la aerolínea a indemnizarte.

Primeramente, has de saber que el Reglamento UE 261/2004 sobre los derechos de los pasajeros aéreos es de obligado cumplimiento en todos los países de la Unión Europea, no tiene porque ser adaptado a las legislaciones nacionales, eso sólo es necesario con las directivas europeas y no con los Reglamentos, por lo que si la aerolínea te contesta que esa regulación no la atañe, te está mintiendo.

Este Reglamento establece hasta un plazo de 10 años para ejercer la reclamación, por lo que debemos tener paciencia, puesto que el proceso es largo. Es importante también, no dejar pensar a las aerolíneas que vamos a aburrirnos o a desistir de reclamar nuestros derechos durante todo el proceso o con la montaña de dificultades que esto conlleve. La primera y más frecuente, que la aerolínea no conteste en primera instancia a la reclamación.

Hemos de destacar que los vuelos con origen o destino España suelen presentar la tasa más alta de retrasos o cancelaciones de Europa, por ello es importante que los pasajeros conozcan el reglamento, ya que la mayoría de los pasajeros españoles desconocen los derechos que les ampara.

Por ello, la normativa vigente te permite (y aconseja) reclamar en caso de retraso, cancelación, pérdida de una conexión por retraso o denegación de embarque por motivos aleatorios, como pedir una documentación que no es la reconocida legalmente en el país de origen del vuelo o por la Unión Europea.

Entre enero y mayo de 2016 se produjeron un total de 7.586 incidencias por retrasos de más de tres horas en los aeropuertos de la red de Aena, de ellos, 4.121 fueron incidencias reclamables, por un valor de 296,7 millones de euros y un total de 500.000 pasajeros afectados. De todos estos pasajeros, tan solo un 5,4 por ciento, 13.500 ejercieron su derecho de reclamación.

Como pasajero, si viajas dentro de la Unión Europea, te corresponde una compensación de 250€ por cancelación, denegación de embarque o retraso de más de 3 horas y vuelos de hasta 1.500 km.

Y por otra parte, te corresponde una compensación de 400€ por cancelación, denegación de embarque o retraso de más de 3 horas en vuelos de más de 1.500 km.

Para vuelos con destino fuera de la Unión Europea; la compensación será de 250€ por cancelación, denegación de embarque o retraso de más de 3 horas en vuelos de hasta 1.500 km.

Por otra parte, la compensación ascenderá a los 400€ por cancelación, denegación de embarque o retraso que superen las 3 horas de vuelos de entre 1.500 y 3.500 km.

Y por último, corresponde una compensación de 600€ por cancelación, denegación de embarque o retraso de más de 3 horas en vuelos de más de 3.500 km.

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