El ministerio de Defensa ha publicado el Pliego de Prescripciones Técnicas para la compra de drones terrestres, marítimos y aéreos para la UME.
La Unidad Militar de Emergencias (UME) ha iniciado el proceso para dotar de diversos “sistemas de reconocimiento e intervención utilizando vehículos teleoperados remotamente y vehículos autónomos” su nuevo escuadrón de drones que se ubicara en León.
Para ello, desde el ministerio de Defensa se ha emitido el correspondiente Pliego de Prescripciones Técnicas, en el que se detallan las características y capacidades que deberá tener cada uno de ellos, con el fin de que las empresas que quieran optar al contrato presenten sus ofertas.
Los vehículos que incorporará la UME se dividen en diversos lotes en función de sus tipos, indicándose el precio máximo (sin impuestos), tanto del vehículo como de los diferentes sistemas y sensores que deberán incorporar, así como sus estaciones de control y repuestos.
En cuanto a los vehículos terrestres, estos se dividen en pesados y ligeros. Los marítimos comprenden tres tipos: Un vehículo subacuático autónomo, otro pesado operado remotamente, y uno ligero operado remotamente.
Los aéreos incluyen aeronaves de las categorías Micro, Mini y Pequeño. Para los primeros se piden como cargas de pago un sensor detector de gases; un sensor de temperatura y humedad relativa; un sensor radiológico, y un sensor térmico radiométrico. La solicitud pide al menos una aeronave y sus sistemas y equipos y una estación de control
Para los otros dos tipos, las cargas y sensores deben ser intercambiables, e incluyen un gimbal (estabilizador para sensores y cámaras), un IMSI Catcher, una cámara hiperespectral, un detector de gases, un sensor radiológico, y una cámara multiespectral.
En la mayoría de los casos no se indica número de vehículos a suministrar: “El empresario se obliga a realizar el suministro de unidades de forma sucesiva y por precio unitario, sin que su número total se defina con exactitud al tiempo de celebrarse el acuerdo marco y sus contratos basados, por estar subordinadas a las necesidades de la UME, sin perjuicio de poder establecer pedidos mínimos en cada contrato basado”; se señala en el pliego de prescripciones.
Los micro y mini deberán ser aeronaves de despegue vertical, equipadas con rotores, mientras que el pequeño deberá ser una aeronave de ala fija.
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