El Gobierno aprueba un marco regulatorio provisional que abre la puerta a la utilizacion comercial de estos sistemas
El Consejo de Ministros del viernes 4 de julio aprobó un marco regulatorio provisional para la utilización de sistemas no tripulados, o drones, con fines comerciales en España. La norma describe los requisitos que tienen que cumplir las empresas que los utilicen y los pilotos que los operen así como los propios aparatos.
El Gobierno, a la espera de que Europa a través de la Agencia Europea de Seguridad Aérea apruebe un marco común, ha autorizado ahora el uso de estos sistemas no tripulados para actividades de investigación y desarrollo, extinción de incendios, operaciones SAR (Búsqueda y salvamento), filmación, publicidad aérea y vigilancia.
Así mismo se establecen tres categorías diferentes que pueden operar: menos de 2 kg de peso, entre 2 y 25 kg y más de 25 kg. Todos ellos tendrán que contar con una placa de identificación y el personal que los opere tendrá que contar con algún tipo de licencia de piloto (vale con la de ultraligero) o acreditar los conocimientos suficientes, aunque en este punto no se explica cual será el método empleado.
Una de las principales novedades, que atiende las peticiones del sector, es que los sistemas de menos de 25 kg no tendrán que estar inscritos en el registro de matrícula de aeronaves ni contar con certificado de aeronavegabilidad, requisitos que añadían burocracia y costes económicos a estos sistemas.
Además, y por el momento, se mantiene la prohibición de utilzarlos en núcleos urbanos.
En rueda de prensa la ministra de Fomento, Ana Pastor, explicó que la norma trata de aprovechar: «el gran potencial económico que tiene este sector emergente que todavía no se ha podido explotar por encontrarse en una situación de vacío legal«. Pastor destacó también que la norma permite a España adaptarse al desarrollo de nuevas tecnologías pero respetando la seguridad.
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