La totalidad de helicópteros sanitarios que prestan servicio en España, y que fuentes de Aeca&Helicópteros cifran en unas 35 unidades, podrían dejar de operar emergencias sanitarias a partir del 28 de octubre, cuando entra en vigor el nuevo Real Decreto que regula el transporte aéreo comercial en España y que puede significar la pérdida del AOC para los operadores que prestan este servicio en nuestro país.
España podría quedarse sin servicio de transporte médico sanitario de emergencia helitransportado (HEMS por sus siglas en inglés) si AESA no rectifica un apartado del texto del Real Decreto. que entra en vigor el próximo 28 de octubre y que regula la operación del transporte aéreo comercial, apartado en el que, sorprendentemente, está incluida esta operación que es un servicio público sanitario que prestan las comunidades autónomas, en forma de subcontratación a empresas especializadas en el servicio, y que resulta de vital importancia en algunas zonas rurales de España y en situaciones de emergencia sanitaria, como los accidentes de tráfico. El problema, según ha podido saber Fly News de fuentes cercanas al conflicto, surge de la entrada en vigor de un nuevo Decreto que fija las obligaciones que deben cumplir los operadores de transporte aéreo comercial en España, y que se deriva de la adaptación a la legislación española del reglamento comunitario 965/2012.
El plazo dado por la Comisión Europea a los países miembros para introducir y aplicar el nuevo reglamento fue de dos años, periodo en el que según fuentes de AECA&Helicópteros, la autoridad aeronáutica en España no ha procedido con la diligencia debida y a escasos días de que se cumpla el plazo máximo para su entrada en vigor, el 28 de octubre, los operadores de helicópteros sanitarios no han obtenido respuesta a sus alegaciones. Según la patronal la principal divergencia estriba en que el nuevo reglamento establece la necesidad de que los operadores se comprometan y certifiquen que establecerán planes de vuelos previos a cualquier operación, obligación, entre otras, que va ligada a la renovación del AOC, o certificado de operador aéreo, imprescindible para realizar servicios de transporte comercial. La obligatoriedad de un plan de vuelo no es nada nuevo, la novedad del asunto es que ahora se exige a un servicio que, por definición, no puede comunicar con la antelación que señala el reglamento su plan de vuelo, debido a que las emergencias sanitarias no tienen ni fecha ni hora determinada. Por absurdo que este punto pueda parecer, señalan desde AECA&Helicópteros, nadie en la Agencia Española de Seguridad Aérea se ha mostrado receptiva a esta realidad.
Este punto, señalan desde AECA&Helicópteros, es imposible de cumplir en el caso de las emergencias sanitarias. Hasta la fecha y según explican desde la patronal de operadores de trabajos aéreos, el problema se había solucionado a través de lo que se conocen como exenciones, y que son las mismas que afectan a los servicios SAR. La situación es tan grave, han comentado fuentes de AECA&Helicópteros, que desde la EHA, European Helicopters Association, han recomendado a la asociación española que remita un escrito a la Agencia Europea de Seguridad Aérea para que tome cartas en el asunto y dé un aviso a la Agencia española -AESA- para que corrija de forma urgente la situación.
Desde AECA&Helicópteros señalan también que el problema ha surgido desde el SIO, el Servicio de Ingeniería Operacional de la AESA, que no ha escuchado las reiteradas alegaciones del colectivo que presta este servicio público en España y que podría, finalmente, poner en riesgo este servicio. A última hora de la tarde del miércoles, la Agencia se comprometió con estos operadores a mantener una reunión de urgencia el próximo 24 de octubre para llegar a una solución, que desde la patronal de operadores quieren que se articule de forma definitiva, y no a base de parches como se ha hecho hasta la fecha.
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