El Ministerio de Fomento ha publicado en el BOE la modificación de la normativa que regula la utilización de dispositivos electrónicos a bordo, que ahora podrán ser utilizados en todas las fases del vuelo, en modo avión.
El Ministerio de Fomento atiende así la obligación de adaptar la normativa europea, tras la aprobación de la directiva de la Agencia Europea de Seguridad Aérea que abría la puerta para que las aerolíneas permitan el uso de dispositivos electrónicos a bordo en todas las fases del vuelo.
La modificación de la norma entra hoy en vigor, y modifica la anterior que sólo permitía el uso de dispositivos como smartphones, tabletas o portátiles a partir de 10.000 pies de altura. No obstante, son las aerolíneas las que toman la decisión final de si permiten la utilización de estos dispositivos en todas las fases del vuelo, eso sí, siempre en modo avión como especifica la normativa modificada.
La única excepción que contempla la normativa hace referencia a los ordenadores portátiles, que tendrán que seguir guardados durante las fases de despegue y aterrizaje, debido, según señala Fomento en su nota informativa: a que su tamaño aconseja que estén debidamente almacenados durante esos momentos del vuelo.
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