Se ha aprobado una nueva norma para los aeródromos en los que operan tan solo aeronaves de aviación deportiva, de trabajos aéreos o de escuelas de vuelo.
El Consejo de Ministros ha aprobado en la reunión del 27 de noviembre un nuevo Real Decreto por el que se regulan las normas técnicas de seguridad operacional en aeródromos de uso restringido y por el que se modifican el Real Decreto 1189/2011 y la Orden de 24 de abril de 1986.
Esta nueva reglamentación sustituye a la actualmente vigente, establecida en la Orden Ministerial 1957/1966 de 26 de octubre de 1966 sobre condiciones y normas para el establecimiento de aeródromos privados. Aborda temas como condiciones de seguridad en el diseño, construcción, uso y funcionamiento de las infraestructuras.
Según señalan desde el ministerio de Fomento: “Además de las normas técnicas de seguridad operacional, el nuevo Real Decreto establece nuevos mecanismos de cooperación y coordinación con las comunidades autónomas, ya que tanto estas como el estado tienen competencias distintas sobre este tipo de instalaciones. Estos instrumentos de cooperación abarcan desde a la fase de la elaboración de normativa hasta la fase de comprobación de requisitos”.
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