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COVID-19: El transporte aéreo en España al 50 por ciento en el Estado de Alarma

El Gobierno ordena reducir al 40 por ciento la oferta de vuelos por el estado de alarma por el coronavirus.
El Gobierno ordena reducir al 40 por ciento la oferta de vuelos por el estado de alarma por el coronavirus.

El Real Decreto aprobado por el Gobierno español para decretar el Estado de Alarma incluye en su articulado las restricciones que se aplicarán al transporte aéreo mientras dure este estado.

En el texto del Real Decreto por el que se declara el estado de alarma en España durante 15 días  al menos, se señala que: “Los servicios de transporte público de viajeros por carretera, ferroviarios, aéreo y marítimo que no están sometidos a contrato público u obligaciones de servicio público (OSP), los operadores de transporte reducirán la oferta total de operaciones en, al menos, un 50 por ciento

El decreto establece ese mismo porcentaje de reducción para los vuelos que están sometidos a contrato público u OSP.

ATR de Aire Europa en el aeropuerto de Palma de Mallorca operando vuelos entre las islas.
ATR de Aire Europa en el aeropuerto de Palma de Mallorca operando vuelos entre las islas.

Este porcentaje podrá ser modificado “por resolución del ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, que también podrá “establecer condiciones específicas al respecto. En esta resolución se tendrá en cuenta la necesidad de garantizar que los ciudadanos puedan acceder a sus puestos de trabajo y los servicios básicos en caso necesario”. Igualmente “el ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y las autoridades autonómicas y locales con competencias en materia de transportes podrán establecer un porcentaje de reducción de servicios en caso de que la situación sanitaria así lo aconseje, así como otras condiciones específicas de prestación de los mismos”.

Además “se establecerán unos criterios específicos para el transporte entre la península y los territorios no peninsulares, así como para el transporte entre islas”.

Pero la reducción de oferta real no será de ese 50 por ciento. Más bien será igual o superior al 75 por ciento dado que “En aquellos servicios en los que el billete otorga una plaza sentada o camarote, los operadores de transporte tomarán las medidas necesarias para procurar la máxima separación posible entre los pasajeros”.

Es decir que, teniendo en cuenta las dimensiones y distancias entre asientos en un avión, para cumplir esto podría ser necesario que se ocupe uno o como mucho dos asientos por grupo de 2 o 3 en cada fila, e incluso tener que dejar vacía una fila entre cada una ocupada si se quiere dejar el metro mínimo de separación que recomiendan las autoridades sanitarias.

la separación entre asientos en los aviones puede suponer que no se puedan vender todos los asientos de un vuelo.
la separación entre asientos en los aviones puede suponer que no se puedan vender todos los asientos de un vuelo.

Los asientos en clase turista en el largo radio y en los aviones de corto suelen medir unos 45 cm de ancho y entre 70 y 80 cm de separación entre el mismo punto de dos filas consecutivas.

El decreto, además de establecer esta reducción obliga a “los operadores de servicio de transporte de viajeros” a realizar una limpieza diaria de “los vehículos de transporte, de acuerdo con las recomendaciones que establezca el Ministerio de Sanidad”.

El consejo de ministros reunido para aprobar el Real Decreto del Estado de Alarma.
El consejo de ministros reunido para aprobar el Real Decreto del Estado de Alarma.

También se obliga a que los sistemas de venta de billetes online “deberán incluir durante el proceso de venta de los billetes un mensaje suficientemente visible en el que se desaconseje viajar salvo por razones inaplazables”.

El Real Decreto señala el 20 de marzo como la fecha límite en la que las aerolíneas deberán cumplir con lo dispuesto dado que “si por razones técnicas u operativas no resulta viable la aplicación directa de los porcentajes establecidos desde el primer día, se deberá llevar a cabo el ajuste más rápido posible de los servicios, que no podrá durar más de cinco días”.

Finalmente señalar que entre las actividades quedan suspendidas están las pruebas y exhibiciones aeronáuticas.

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