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Aprobada la normativa para drones en España

La nueva norma para la operación comercial de drones permite volar sobre ciudades y en espacio aéreo controlado.

El Consejo de Ministros ha aprobado las nueva normas que regulan la operación comercial de drones.

La nueva normativa española para el uso comercial de drones permitirá el vuelo de estos en ciudades.
La nueva normativa española para el uso comercial de drones permitirá el vuelo de estos en ciudades.

El Consejo de Ministros ha aprobado el 15 de diciembre el Real Decreto que desarrolla y amplía el marco normativo adoptado inicialmente por la Ley 18/2014 para la realización de actividades con aeronaves pilotadas por control remoto (drones), el cual está pendiente de su publicación en el BOE.

La norma vigente hasta ahora establecía unos requisitos mínimos para la operación con este tipo de aeronaves, pero no abarcaba todas las posibles actividades que el sector ha venido planteando.

El Real Decreto establece los requisitos para que los operadores de drones puedan realizar actividades en entornos en los que hasta ahora no era posible hacerlo, como el sobrevuelo en las inmediaciones de edificios, reuniones de personas al aire libre y vuelos nocturnos, aunque para ello será necesario realizar un estudio de seguridad de la operación y tener una autorización previa de AESA, entre otros. También se “establecen limitaciones al uso recreativo, todo ello atendiendo a criterios de seguridad aérea y de seguridad pública” señalan desde el ministerio de Fomento.

También se permiten operaciones en espacio aéreo controlado, aunque en este caso, el personal deberá haber recibido una formación específica y contar con un estudio aeronáutico de seguridad coordinado con Enaire (como proveedor de servicios de tránsito aéreo) y la previa autorización de AESA. Asimismo, establece las condiciones que deben cumplir las organizaciones de diseño, fabricación y mantenimiento de este tipo de aeronaves, así como los requisitos de formación para su pilotaje, todo ello en términos equivalentes a los marcos normativos existentes en otros países europeos.

AESA será la encargada de la supervisión y control de las operaciones, y el incumplimiento de los requisitos del nuevo Real Decreto constituye una infracción administrativa en el ámbito de la aviación civil conforme a lo previsto en la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.

Determinadas operaciones además precisarán requisitos adicionales. Por ejemplo el vuelo sobre aglomeraciones y zonas urbanas deberá ser comunicado al Ministerio del Interior antes de realizar las operaciones y por motivos de seguridad pública, las autoridades competentes en la materia podrán limitar la operación de drones.

En tres años se han habilitado en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) casi 3.000 operadores, 3.693 pilotos y 4.283 drones, y hay 74 escuelas de formación y una veintena de fabricantes.

Según explican desde el Ministerio de Fomento: “Durante el primer trimestre de 2018, el Ministerio de Fomento complementará el nuevo marco con la publicación del Plan Estratégico de Drones, una herramienta que, más allá del ámbito regulador, permitirá definir de forma transversal los ejes y las líneas de actuación para potenciar al máximo este segmento de la industria en nuestro país, poniendo todo su potencial tecnológico e innovación al servicio de los ciudadanos”.

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