Desde el pasado mes de abril los países europeos podían haber introducido la nueva reglamentación básica referente a licencias de vuelo, Air Crew. En España la fecha límite de entrada en vigor de la normativa se ha fijado para el 8 de abril de 2013.
El nuevo reglamento básico de la CE , nº 216/2008 del parlamento Europeo y del Consejo, cuya implementación y cumplimiento supervisa la EASA, supondrá un cambio radical en muchos aspectos, y muy especialmente en todo lo que afecta a las licencias obligatorias para el ejercicio de la profesión de piloto o tripulante de cabina. El plazo máximo dado por la Agencia Europea de Seguridad Aérea -EASA- concluyó el pasado mes de abril, aunque la misma reglamentación, como ya es habitual, establece la posibilidad de diferentes «opt outs» o aplazamientos, derecho al que se ha acogido la Agencia Española de Seguridad Aérea, que no obstante trabaja con el sector para ir introduciendo progresivamente estos cambios. En España las nuevas licencias entrarán en vigor en abril de 2013.
El cambio más importante es que la licencia JAR-FCL se transforma ahora en licencia EASA, será de color azul y el nombre será PART-FCL, desapareciendo las primeras, y se introducen además nuevos, o distintos requisitos, para la obtención y renovación de la misma, el cambio de licencia JAR a PART-FCL será automático a medida que vayan caducando administrativamente las licencias JAR, según nos informan desde la AESA. El problema vendrá para transformar las todavía existentes licencias nacionales a PART-FCL, ya qué no será un cambio directo, por lo que desde el COPAC recomiendan encarecidamente que estas licencias se transformen lo antes posible a JAR para no tener complicaciones en un futuro muy próximo .
Por ejemplo, y según nos señala Iván Gutiérrez, director general Técnico del COPAC , con las nuevas licencias desaparece la necesidad de renovación administrativa cada 5 años. La vigencia de la licencia es ahora igual a la de las habilitaciones o habilitación que lleve inscritas, la del certificado médico que deba acompañarla, así como al apunte de competencia lingüística Es decir que el certificado de competencia lingüística también será una separata y no vendrá dentro de la misma licencia, esto en España. Además, la nueva licencia podrá contener hasta cinco habilitaciones por cada tipo de aeronave (avión/helicóptero).
Las habilitaciones, su obtención y mantenimiento se mantienen igual que en el JAR-FCL. Además establece nuevas habilitaciones para actividades concretas, como el arrastre de planeadores o carteles, el vuelo en montaña y para los ensayos en vuelo. El otro cambio de calado afecta a la licencia agroforestal. En el reglamento Air Crew se han establecido una serie de habilitaciones, sin posibilidad de ampliar por los Estados, entre las cuales no se encuentra la habilitación agroforestal, hasta ahora necesaria para los pilotos que realizaban actividades agroforestales en España, incluidos los de extinción de incendios. Es decir la habilitación, como tal, ha desaparecido.
La norma europea también contempla otro tipo de habilitaciones, como las de acrobacia, arrastre de cartel, remolque de planeadores, de vuelo en montaña o ensayos en vuelo, mientras que el el vuelo VFR nocturno también se convierte en una habilitación. En cuanto a los contenidos formativos siguen siendo muy similares a los que exigía la anterior normativa JAR-FCL.
Otro de los cambios importantes afecta a los examinadores aéreos, que ahora ya no dependerán de la Agencia, y pasan a ser examinadores «certificados«, lo que significa, sustancialmente que ahora actuarán bajo su responsabilidad, con un reajuste de las atribuciones de los instructores y los examinadores. Según comenta Iván Gutiérrez, la novedad es que loses examinadores trabajarán «por cuenta propia» y ya no con función delegada de la AESA, eso sí, seguirán existiendo cursos de estandarización. La responsable de estos cursos es hasta ahora SENASA, quién los imparte por delegación de AESA. «Ahora bien –explica Iván Gutiérrez- con la nueva normativa parece ser que estos cursos podrian ser impartidos en otras organizaciones.»
En estos momento se encuentra en tramitación la norma que regulará los trabajos aéreos excluidos del entorno EASA (SAR, Extinción de Incendios y operaciones de Estado), y en la cual se ha propuesto por COPAC y AECA&Helicópteros, un modelo de curso específico para los pilotos de extinción de incendios. Será el operador el responsable de diseñar y realizar el curso, que es de carácter obligatorio y previo a la realización de actividades de extinción de incendios, así como mantenerse con la experiencia reciente en el tipo de actividad en los últimos 90 días. La propuesta está actualmente en tramitación, como todo el nuevo reglamento Air Crew. Tanto el Colegio Oficial de Pilotos como AECA&Helicópteros consideran que la norma se adapta más a las condiciones especiales de la actividad de piloto de extinción de incendios, consiguiendo mayor especialización, y además, se elimina el requisito de 300 horas de experiencia previa, para acceder al curso que se recogía en la normativa anterior y que suponía una auténtico quebradero de cabeza para los operadores de trabajos aéreos, que se veían en serias dificultades para la contratación de personal en la temporada alta de la extinción de incendios.
Más información sobre el tema puede obtenerse en AESA y en el Boletín Oficial de la Unión Europea.
Calendario de aplicación del reglamento en España
Precepto | Fecha límite en el Reglamento | Fecha de aplicación en España |
Transversal para toda la Regla Air Crew | 8 de abril de 2013 | 8 de abril de 2013 |
Reemplazamiento del formato de las licencias que cumplen el JAR‐FCL por el nuevo | 8 de abril de 2017 | Hasta fin renovación |
Reemplazamiento del formato de los certificados médicos que cumplen el JAR‐FCL por el nuevo | 8 de abril de 2017 | Hasta fin renovación |
Fecha tope para la validez de la enseñanza comenzada antes del 8 de abril de 2012 | 8 de abril de 2016 | 8 de abril de 2015 |
Validez de las Ordenes PRES para la aceptación de licencias militares | 8 de abril de 2013 | 8 de abril de 2013 |
Licencias de dirigible, globo y planeador | 8 de abril de 2015 | 8 de abril de 2015 |
Licencia LAPL y su certificado médico | 8 de abril de 2015 | 8 de abril de 2015 |
Certificado MCCI para helicópteros | 8 de abril de 2015 | 8 de abril de 2013 |
Certificado de Instructor de vuelo en montaña e instructor de piloto de pruebas | 8 de abril de 2015 | 8 de abril de 2015 |
Habilitaciones de vuelo acrobático, arrastre de planeadores y carteles, vuelo en montaña y piloto de pruebas | 8 de abril de 2015 | 8 de abril de 2015 |
Conversión de licencias nacionales de pilotos de avión y helicóptero | 8 de abril de 2014 | 8 de abril de 2014 |
Certificado médico para CC | 8 de abril de 2015 | 8 de abril de 2015 |
Presentación de evidencias de la adaptación de las FTOs, TRTOs en cuanto a sistema de gestión, programas de formación, procedimientos y manuales | 8 de abril de 2014 | 8 de abril de 2013 |
Reemplazo de los certificados de las FTOs y TRTOs (ATOs) | 8 de abril de 2017 | 8 de abril de 2014 |
Adaptación de los centros registrados (PPL) en cuanto a sistema de gestión, programas de formación, procedimientos y manuales, así como emisión del Certificado correspondiente | 8 de abril de 2015 | 8 de abril de 2013 |
Adaptación de los AeMC en cuanto a sistema de gestión, programas de formación, procedimientos y manuales | 8 de abril de 2014 | 8 de abril de 2013 |
Reemplazo de los certificados de los AeMC | 8 de abril de 2017 | 8 de abril de 2013 |
Aplicación de la reglamentación a las ATOs que únicamente formen para LAPL, BPL y SPL | 8 de abril de 2015 | 8 de abril de 2015 |
Aplicación de la reglamentación a las ATOs que den enseñanza para habilitación de piloto de pruebas | 8 de abril de 2015 | 8 de abril de 2015 |
Emisión de documentos y creación de registros CC | 8 de abril de 2014 | 8 de abril de 2013 |
Aplicación de la nueva reglamentación a CC de helicópteros | 8 de abril de 2014 | 8 de abril de 2014 |
[…] La normativa europea Air Crew cambia el sistema de licencias de pilotos, sustituyendo las licencias JAR-FCL por las nuevas de la Agencia Europea de Seguridad Aérea. Continuar leyendo… […]
Me parece muy correcto todo lo que garantice la seguridad, y sobre todo la ampliación reglamentaria de poder volar por todo Europa