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Creado el Consejo Nacional de Seguridad Aeroespacial

El espacio se ha convertido en un nuevo campo de batalla.
El espacio se ha convertido en un nuevo campo de batalla.

El BOE ha publicado el sábado 14 de marzo el acuerdo del pasado 4 de marzo del Consejo de Seguridad Nacional por el que se el Consejo Nacional de Seguridad Aeroespacial.

El Consejo Nacional de Seguridad Aeroespacial ha sido creado por el Consejo de Seguridad Nacional de acuerdo al artículo 21.1.h) de la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional.

Según se explica en la publicación en el BOE, “La estrategia establece cinco objetivos generales, uno de los cuales es favorecer el buen uso de los espacios comunes globales. Habida cuenta de que el tejido de conectividad global formado por el ciberespacio, el espacio marítimo, y el espacio aéreo y ultraterrestre, constituye un conjunto de redes funcionales cuya seguridad es clave en el orden internacional. Además de los objetivos generales, la Estrategia de Seguridad Nacional 2017 establece objetivos y líneas de acción estratégicas para cada uno de los ámbitos”.

El Consejo de Seguridad Nacional en su reunión del 16 de julio de 2018 ya adoptó un acuerdo aprobando “el procedimiento para la elaboración de la Estrategia de Seguridad Aeroespacial Nacional y la constitución de un Consejo Nacional de Seguridad Aeroespacial”. Este acuerdo fue seguido, el 12 de abril de 2019 por otro en el que se aprobó la Estrategia de Seguridad Aeroespacial Nacional.

Según la orden de Presidencia del Consejo de Ministros publicada, las funciones específicas de este consejo de seguridad aeroespacial serán:

1- Apoyar al Consejo de Seguridad Nacional en materias de planificación y coordinación de la política de Seguridad Nacional relacionadas con la seguridad aeroespacial.

2- Contribuir a reforzar el adecuado funcionamiento del Sistema de Seguridad Nacional en el ámbito de la seguridad aeroespacial, cuya supervisión y coordinación corresponde al Consejo de Seguridad Nacional.

3- Apoyar la toma de decisiones del Consejo de Seguridad Nacional en las materias propias del ámbito de la seguridad aeroespacial, mediante el análisis, estudio y propuesta de iniciativas tanto en el ámbito nacional como en el internacional.

4- Reforzar las relaciones de coordinación, colaboración y cooperación entre las administraciones úblicas con competencias relacionadas con el ámbito de la seguridad aeroespacial, así como entre los sectores público y privado.

5– Contribuir a la elaboración de propuestas normativas para el fortalecimiento del Sistema de Seguridad Nacional en el ámbito de la seguridad aeroespacial.

6- Apoyar al Consejo de Seguridad Nacional en su función de verificar el grado de cumplimiento de la Estrategia de Seguridad Nacional y proponer, en su caso, su revisión, en lo relacionado con la seguridad aeroespacial.

7- Evaluar el grado de desarrollo y cumplimiento de la Estrategia de Seguridad Aeroespacial Nacional, así como de los instrumentos de desarrollo aprobados, e informar ulteriormente al Consejo de Seguridad Nacional.

8- Impulsar los estudios necesarios para que la Estrategia de Seguridad Aeroespacial Nacional evolucione armónicamente con respecto a la situación aeroespacial, a la normativa aeroespacial nacional e internacional y a otras estrategias con dimensión internacional, proponiendo, en su caso, la revisión de la estrategia vigente o la aprobación de una nueva.

9- En apoyo del Comité de Situación y en el ámbito de la seguridad aeroespacial: valorar los riesgos asociados a los desafíos y amenazas; analizar los posibles escenarios de crisis y su evolución, en especial de aquellos susceptibles de derivar en una situación de interés para la Seguridad Nacional; elaborar y mantener actualizados los planes de respuesta; formular directrices para realizar ejercicios de gestión de crisis y evaluar los resultados de su ejecución; todo ello en coordinación con los órganos y autoridades directamente competentes y con el Comité de Situación.

10- Contribuir a la organización de la contribución de recursos a la Seguridad Nacional de responsabilidad del Consejo de Seguridad Nacional en el ámbito de la seguridad aeroespacial

11- Aprobar sus propias normas de régimen interno y de funcionamiento.

12- Todas aquellas otras funciones que le atribuya el ordenamiento jurídico o que le encomiende el Consejo de Seguridad Nacional.

El general  Salto, como actual jefe del Estado Mayor del Aire será el primer presidente  del Consejo Nacional de Seguridad Aeroespacial.
El general Salto, como actual jefe del Estado Mayor del Aire será el primer presidente del Consejo Nacional de Seguridad Aeroespacial.

La presidencia del Consejo Nacional de Seguridad Aeroespacial corresponderá al jefe del Estado Mayor del Aire, la vice presidencia al director del Departamento de Seguridad Nacional. Además estará compuesto “por un vocal con rango mínimo de subdirector general o asimilado u oficial general de cada departamento ministerial y organismo público con representación en el Consejo de Seguridad Nacional, que será designado por el titular del ministerio y organismo respectivo”. También “podrá formar parte del Consejo un representante del resto de los departamentos ministeriales u organismos públicos cuya presencia sea así acordada por el presidente, en función de los asuntos a tratar. Serán convocados, además, los titulares de los órganos superiores y directivos de la administración general del estado, las autoridades competentes de las comunidades autónomas, de las ciudades con estatuto de autonomía, de la administración local, así como de los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas, cuando su contribución se considere necesaria y, en todo caso, cuando los asuntos a tratar afecten a sus respectivas competencias. Igualmente podrán ser convocados representantes de las demás entidades que integran el sector público institucional, del sector privado y aquellas personas en su condición de expertos cuya contribución se considere relevante”. Además habrá un secretario que será designado por el presidente, “a propuesta del Director del Departamento de Seguridad Nacional, entre el personal perteneciente a dicho Departamento”.

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